Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos existente entre los ciudadanos GONZALO GUTIERREZ MONTILVA y SILVIA INES RODRIGUEZ BAHACHILLE, venezolanos, mayores de edad, cónyuges y titulares de las cédulas de identidad Nos V-11.410.087 y V-11.029.453, respectivamente, y consecuencialmente DISUELTO el vinculo matrimonial contraído por ellos en fecha 14 de febrero de 2006, por ante la Prefectura del Municipio Chacao del Estado Miranda, asentado en el libro de Registro Civil de Matrimonio del año 2006, bajo el acta Nº 31, del folio 31, Tomo 1. Líbrense los oficios a las autoridades correspondientes, una vez conste en auto las copias simples para su certificación.-
Regístrese, Publíquese y Notifíquese.