Por las razones antes expuestas, este Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio efectuada por los cónyuges, ciudadanos: MARIA DE LA CRUZ GELVEZ DE MORENO y JUVENCIO ANTONIO MORENO VIDAL, ambos ampliamente identificados y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos el 27 de septiembre de 1976, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre , Municipio Libertador del Distrito Capital.