este Juzgado administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena la Rectificación del Acta de Nacimiento, la cual se encuentra inserta en los Libros de Registro Civil de Nacimientos del Municipio Petare, Distrito Sucre, Estado Miranda, bajo el N° 1147, folio N° 177 vto., de 1.955, consignada al efecto. En consecuencia, donde dice: “CARLINA QUINTERO”, debe decir “MARCOLINA QUINTERO FLORES” quedando así rectificada el ACTA DE NACIMIENTO señalada supra. En tal virtud, remítase copia certificada de la solicitud y de la presente decisión mediante oficio a la Oficina de Registro Civil Municipal del Municipio Sucre, Estado Miranda, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil. Elabórense las copias certificadas acordadas, a tenor de lo que establece el artículo 112 ibidem, una vez consten en autos los fotostatos requeridos para su elaboración. Líbrense Oficios. Cúmpla.....