III
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN suscrita por BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A, representado por la abogada ANDREINA PARADA BRICEÑO, parte actora en el juicio, y la abogada NINOSKA ADRIAN ORTIZ, en su carácter de apoderada judicial de la SOCIEDAD MERCANTIL L.E. PUBLIK, C.A, y del ciudadano LUIS ENRIQUE ZACCARO HERNANDEZ, y del ciudadano LUIS ENRIQUE ZACCARO HERNANDEZ, co-demandados, todos plenamente identificados, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.-
SEGUNDO: Se ordena expedir las copias certificadas solicitadas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 de Código de Procedimiento Civil, previa consignación de los fotostatos cor.....