En tal sentido vista las actas que conforman la presente solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, solicitada por JOSEFINA SUSANA BLANCO RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad Nº V-6.433.028, y analizados los documentos anexos a dicha solicitud, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, y en concordancia con el articulo 501 del Código Civil, DECLARA CON LUGAR, la rectificación de la partida de nacimiento No. 93 del año 1962, emanada de la Alcaldía del Municipio Libertador Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia San Juan, en tal sentido donde se lee: SUSANA JOSEFINA, debe leerse: JOSEFINA SUSANA. Ofíciese a las Autoridades respectivas, a los fines de que se estampe la nota marginal correspondiente, una vez sean consignadas las copias de la presente sentencia