/Se Homologa el OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, presentado por MARIA DEL MILAGRO DA CORTE LUNA, en su carácter de Fiscal Nonagésima Séptima del Ministerio Público, actuando en defensa de los derechos y garantías de la niña SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, de ocho (08) años de edad, a solicitud de los ciudadanos MARIANA JOSEFINA FLORES VALLES y ANGEL RAMON MACHIN VELASQUEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.350.381 y V-6.551.507 respectivamente. el ciudadano ANGEL RAMON MACHIN VELASQUEZ, pagara la cantidad de SETECIENTOS BOLÍVARES (Bs. 700,00) mensuales, los cuales se desglosan de la siguiente manera: Quinientos Bolívares (Bs. 500,00) para gastos de alimentación, Cien Bolívares (Bs. 100,00) para la mitad de los gastos de transporte, y Cien Bolívares (Bs. 100,00) para la mita del pago de la señora que cuida a la niña, además de cancelar la mita de los gastos médicos, vestidos, medicina y consultas medicas (...)