En mérito de lo anteriormente expuesto, este Juzgado a cargo de la Juez del Tribunal Décimo Quinto (15º) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el DIVORCIO con base al artículo 185-A del Código Civil, de los ciudadanos DAVID ANTONIO HERNANDEZ LUCEÑA y ADRIANA MERCEDES LIZARRAGA VARGAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 13.045.948 y V-14.386.301, respectivamente, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial contraído por ellos ante la Registradora Civil Municipal de la Parroquia Leoncio Martínez del Municipio Sucre del Estado Miranda, en fecha 31/03/2007, según Acta N° 053, de esa misma f.....