DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y la autoridad que le otorga la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de Rectificación de Acta de Matrimonio, presentada por el ciudadano JOSE ALBERTO MEIGNEN CARREÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.738.436.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante por haber resultado
totalmente vencida en el presente juicio. Así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente Decisión, en el copiador de sentencia respectivo, conforme al artículo 248 eiusdem.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, a los 09.....