Por todo lo anterior este Tribunal Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de DECLARACIÓN ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, por el Abogado JOSE EMISAEL DURAN DIAZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 118.392, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos MIGUEL ANGEL FERRER GARCIA, MARIA DEL PILAR FERRER GARCIA, JOSEFA MORALES PLASENCIA y MANUEL FERRER GARCIA, arriba identificados.