En fuerza de las anteriores consideraciones, éste Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la demanda por desalojo incoada por la ciudadana MERCEDES SAENZ OLIVARES, en contra de la ciudadana MASSIEL MARÍA ARIZA IRIARTE, ambas partes suficientemente identificadas en el encabezamiento de este fallo. En consecuencia, se condena a la parte demandada a desalojar, y hacer entrega, libre de bienes y de personas el bien inmueble arrendado, constituido por el apartamento no. E-33, ubicado en la Urbanización Costa Azul, Edificio Residencial Caribean Plaza, Piso 3, Calle Abancay y Oeste con Avenida Bolívar, Porlamar, Municipio Mariño, estado Nueva Esparta.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil se imponen costas a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida en el presente juicio.