´´NIEGA el recurso de casación interpuesto el 16 de enero de 2026, por los abogados MARIELBA ESCOBAR MARTÍNEZ y GABRIEL ALEJANDRO CASTRILLO JAIMES, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 16.770 y 118.065, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la parte co-demandada FONDO DE PROTECCIÓN SOCIAL DE LOS DEPÓSITOS BANCARIOS (FOGADE); contra el fallo dictado por este juzgado en fecha 19 de diciembre de 2025, con motivo del recurso de apelación incoado contra el auto dictado el 19 de enero de 2024, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por NULIDAD DE VENTA Y DAÑOS Y PERJUICIOS sigue la sociedad mercantil TECNICA LANTANO, C.A., contra las sociedades mercantiles BANCO LATINO C.A., FONDO DE GARANTÍAS DE DEPÓSITOS Y PROTECCIÓN BANCARIA (FOGADE), PROMOTORA LAS ISLAS 95, C.A., Y EL REGISTRO INMOBILIARIO DEL.....