DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Vigésimo Segundo (22º) de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, fundamentada en el artículo 185 del Código Civil, en concordancia con las sentencias N° 1070 y 136, la primera dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 09 de diciembre del 2016 y la segunda dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 30 de marzo del 2017, formulada por la ciudadana, CINZIA STIRPE, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-15.724.917, contra el ciudadano ENRIQUE PRIETO NOVALBOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.452.422.
SEGUNDO: En consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraíd.....