En relación a la prueba de informes a ser evacuados en la República Federal de Alemania, promovida por la parte demandada y a cuya admisión se opuso la demandada, por ante el Banco (Bank Bistum Essem) con sede en Alemania, así como la Prueba de Informes a Bundesanstalt für Finanzadienstleistungsaufsicht (Superintendencia Financiera de Alemania) con sede en la ciudad de Bonn, Alemania, se observa que, dicha prueba no resulta ilegal, ni menos manifiestamente impertinente, pues con ella se pretende establecer, como ocurre con la prueba de exhibición promovida por la parte actora, la capacidad económica de la parte demandada; por lo que, el argumento esbozado por la actora, en relación a la intención de retrasar el proceso de la demandada con dicha promoción, puesto que, en todo caso, la eventual responsabilidad de ésta de indemnizar daños y perjuicio materiales, se circunscribiría a los eventuales bienes y patrimonio de la demandada ubicados en la República Bolivariana de Venezuela, este .....