V
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y con base en los artículos 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA incoada el ciudadano EDGARLY ANDRÉS PORTILLO COLMENAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.V-23.491.128, debidamente asistido por la abogada en ejercicio IRMAN DEL CARMEN GONZÁLEZ GARFIDO, inscrita en el IPSA bajo el N° 127.427, contra la ciudadana MARÍA GABRIELA LUCENA VERGEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.V-19.347.983. En consecuencia, PRIMERO: se declara reconocido el presente documento:
"...Yo. Lucena Vergel María Gabriela, venezolana, Mayor de edad, civilme.....