Con base a las consideraciones anteriormente expresadas, y al no tratarse de una Demanda laboral, Solicitud de Calificación de Despido, Diferencias de Prestaciones sociales, entre otros, procedimientos de los cuales deben ser admitidos y sustanciados conforme a derecho, susceptibles de transacciones laborales presentadas por las partes, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, deja expresa constancia que la parte denominada OFERENTE, sociedad mercantil, GRAN HORIZONTE BAR RESTAURANT, C.A. mediante el cual presentan escrito contentivo de TRANSACCIÓN y en tal sentido, consignan copia simple de uno (01) cheque, identificado con el No. 90743337, girado contra el Banco Mercantil, Banco Universal, a nombre de la ciudadana: ELITZA BEATRIZ GONZÁLEZ GONZÁLEZ, parte denominada OFERIDA, indicando la totalidad de la suma transada entre las partes, por .....