T.U.U.H./Este tribunal noveno , Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, declaró las presentes actuaciones Título de Únicos y Universales Herederos del De Cujus GIOCONDA DE LA TRINIDAD SOTO DE LAS HERAS, quién fuera titular de la cédula de identidad número V-6.912.663, al ciudadano TXOMIN LAS HERAS LEIZAOLA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad No. V-5.310.582, y a sus hijos: SE OMITE LA IDENTIFICACION, venezolanos, titulares de las Cédulas de identidad Nos. V.-SE OMITE LA IDENTIFICACION de quince (15) años de edad, la primera, y mayor de edad y titular de la cédula de Identidad No. V-SE OMITE LA IDENTIFICACION, el segundo de los nombrados hijos. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento.