Por las razones y consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La INHABILITACIÓN de la ciudadana REINA DE LAS NIEVES MEDINA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nº V-4.682.251, solicitada por su hermana, ciudadana ZULAY MEDINA RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-4.581.175.
SEGUNDO: Ante la inhabilitación decretada se designa como CURADOR de la entredicha, a la ciudadana ZULAY MEDINA RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-4.581.175, hermana de la entredicha y solicitante de la inhabilitación.
TERCERO: En virtud de haberse declarado la inhabilitación de la ciudadana REINA DE LAS NIEVES MEDINA RODRIGUEZ, .....