-III-
DECISION
Atendiendo a todo lo expuesto por éste Tribunal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los JOSE ALEJANDRO MORALES GARCIA y XIOMARA LUISA RODRIGUEZ DE MORALES, quienes son de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-6.095.091 y V-24.221.254, respectivamente; en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído por ante el Registro del Estado Civil de Plaza de la Revolución, Provincia Municipio de la Revolución, Ciudad de la Habana, Cuba, según consta en Acta de Matrimonio Nº 25648, folio 488, inserta por ante la Primera autoridad Civil de la Parroquia Leoncio Martínez, Municipio Sucre del Estado Miranda, en fecha 17 de noviembre de 2004, bajo el Nº 14, del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicho Autoridad Civil.- Así se decide.-
Expídanse copias certi.....