éste Juzgado Vigésimo Séptimo (27°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de sustanciación, le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción celebrada por las partes, cuyo monto fue por TREINTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHO MIL BOLIVARES CON SESENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs. 39.408,68), asimismo, consta a los autos que la parte oferente canceló el monto acordado en dos (2) cheques a nombre del extrabajador Carlos Siso, librados contra el Banco Mercantil y distinguido el primero de ellos con el número 15060798 por Bs.32.129,07 y el segundo cheque librado también contra el Banco Mercantil y distinguido con el número 11060799 por Bs.6.979,61, ambos cheques de fecha 29/05/2012, por los conceptos laborales derivados de la relación laboral que los unió tales como: salarios, comisiones, beneficios sociales no remunerativos, antigüedad, intereses sobre prestaciones sociales, incidencia de l.....