V. DISPOSITIVO
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Sexto Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación formulada por los recurrentes e INADMISIBLE la demanda interpuesta por Agustín Rodríguez, Jean Molina, Pedro Serrano y Julio Alberto Farias Rojas, titulares de las cédulas de identidad Nº 11.681.361, 4.554.226, 4.053.491 y 5.148.759, respectivamente, en su carácter de trabajadores activos y miembros del Comité Ejecutivo de la Federación de Trabajadores de las Telecomunicaciones (FETRATEL); José Antonio Chacón Ferrer, María De Jesús Graterol y Lourdes Guirand Carrasquel, titulares de las cédulas de identidad Nº 4.630.885, 4.246.130 y 4.807.884, respectivamente, en su carácter de jubilados de la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (C.A.N.T.V.); Presidente, S.....