Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN JUDICIAL celebrada en la presente demanda de nulidad, interpuesta por el abogado ALVARO PRADA ALVIAREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 65.692, actuando con el carácter de apoderado judicial del INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL "RODOLFO LOERO ARISMENDI", en contra del acto administrativo contenido en la Resolución Nº 00014085, de fecha 4 de mayo de 2010, dictada por la Dirección General de Inquilinato del Ministerio del Poder Popular para las Obras Públicas y Vivienda, hoy SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA VIVIENDA Y HABITAT, mediante la cual, se resolvió fijar canon de arrendamiento del inmueble identificado como Edificio "SE.....