este Juzgado Undècimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Trànsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara:
Primero: Extemporaneas por tardías las objeciones presentadas por el abogado Humberto Moreno Villalba, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 75.448, actuando en su carácter de apoderado judicial de LABORATORIO CLÍNICO SAN JUDAS TADEO, C.A., sociedad de comercio, inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 29 de noviembre de 2007, bajo el Nº 38, Tomo A-53; al pago por la suma de Dieciséis mil trescientos ochenta y ocho bolívares con sesenta y nueve céntimos (Bs. F. 16.388.69), realizado en fecha 18 de febrero de 2008, por la ciudadana Thodora Mourad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.567.133, obrando en nombre y descargo de la parte demandada, sociedad mercanti.....