III
PARTE DISPOSITIVA
Por las consideraciones expuestas, este JUZGADO QUINTO DE MUNCIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, da por consumado, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, el desistimiento efectuado en fecha 11 de febrero del 2010 por la ciudadana ANTONELLA DI CAMPO COLMENAREZ, abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 107.562, actuando en su carácter de apoderada judicial de BFC BANCO FONDO COMUN, C.A. Banco Universal, parte actora en el juicio que, por COBRO DE BOLIVARES, sigue ante este Juzgado contra el GRUPO SODA2002, C.A. y el ciudadano OSCAR ENRIQUE SALAZAR BLANDINO, todos plenamente identificados en el texto del presente fallo.
En virtud de la especial naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE y déjese co.....