Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: la INTERDICCIÓN DEFINITIVA del ciudadano Julián José Berroterán Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-7.950.460, nacido en Caracas el 21 de febrero de 1957, domiciliado en la Avenida el Cuartel, Bloque 24, letra "A", piso 4, Apartamento A-8, Catia, Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Capital, Caracas. En consecuencia, se designa como tutor definitivo a su hermana, ciudadana Adela María Berroterán Rodríguez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nº V-4.049.848, quien entrará en el ejercicio de sus funciones una vez que acepte el cargo y jure cumplirlo bien y fielmente, y se nombre protutor y su suplente.
Se insta al tutor .....