Ahora bien, de la lectura de la mencionada acta se desprende que el funcionario insertó en los Libros de Registro Civil correspondientes, un acta de defunción expedida por el Registro Civil de Podgorica, Montenegro. Sin embargo, del resto de las pruebas aportadas al proceso, no se desprende en modo alguno que el Funcionario Civil competente, cometió el error alegado al momento de insertar el contenido del acta presentada, toda vez que como se dijo, el acta de defunción del ciudadano BIMO MANDIC, fue incorporada a los autos en un idioma distinto al Castellano, por lo que no se puede determinar, si se realizó un traslado fiel y exacto de la misma, o por el contrario se cometió algún error, razón por la cual considera esta sentenciadora que no se encuentran llenos los extremos de ley para la procedencia de la petición que nos ocupa, y en consecuencia de ello, a tenor de lo previsto en los artículos 254 del Código de Procedimiento Civil y 149 de la Ley Orgánica de Registro Público se decl.....