CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado en ejercicio LEX HERNÁNDEZ MÉNDEZ, apoderado judicial de la parte actora DIEGO TOLIO, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Décimo Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 14 de febrero de 2008, la cual declaró Inadmisible la demanda de Cumplimiento de Contrato, la cual queda REVOCADA en todas y cada una de las partes, en consecuencia, se ordena al juzgado a quo, previa notificación de las partes, se pronuncie nuevamente sobre la admisión de la presente causa, tomando en cuenta que el contrato es a tiempo indeterminado, y se pronuncie igualmente sobre la transacción convenida entre las partes.