Visto el escrito de pruebas presentado por los abogados Bernardo Wallis H. e Isabel Cristina Bello, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números: 81.406 y 92.670 respectivamente, quienes actúan en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora, Medical Systems Finance S. A., plenamente identificada en autos, mediante el cual solicita del Tribunal deseche las pruebas promovidas en fecha 20 de julio de 2006, por la parte demanda, TACMO, por ser extemporáneas, previo cómputo desde el día 05 de junio de 2006, hasta el día 21 de julio de 2006, igualmente promueve el mérito favorables de los autos, el Tribunal ordena practicar por separado el cómputo solicitado; asimismo ordena agregar a los autos el escrito de pruebas, el cual consta de tres (03) folios útiles, y sobre la admisión de las pruebas promovidas por la parte actora, en lo atinente al merito favorables de los autos, el Tribunal la admite cuanto ha lugar en derecho por no .....