En virtud de las razones expuestas anteriormente este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE DAR POR CONSUMADO EL CONVENIMIENTO, suscrito por el ciudadano RAÚL EDUARDO VESGA MARTÍNEZ, por cuanto no cumple con los requisitos de la ley, todo ello con ocasión al juicio que por ACCIÓN MERO-DECLARATIVA DE UNIÓN ESTABLE DE HECHO, sigue la ciudadana ROBSARI ANGELINA SABINO PEÑA, contra el ciudadano RAÚL EDUARDO VESGA MARTÍNEZ, todos identificados en autos.-
Dada la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.-
Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho del Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Car.....