Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 10 de diciembre de 2021, por el abogado CARMINE ROMANIELLO, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, sociedad mercantil CORPORACIÓN CSI, C.A., contra la sentencia dictada por el Juzgado Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de esta misma Circunscripción Judicial, en fecha 09 de diciembre de 2021. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de Desalojo de local comercial, por vencimiento de la prorroga legal, prevista en el artículo 40, literal "G" del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial, que incoara la sociedad mercantil FUTURO JEVAL S.A., con.....