Vista la diligencia presentada en fecha treinta (30) de octubre de 2006, por los ciudadanos ANGIE ANALIS HERNÁNDEZ GIL, titular de la cédula de identidad N° 16.115.577, asistida por el abogado LEANDRO CÁRDENAS, I.P.S.A N° 106.686, en su carácter de parte actora y por el abogado HENRY SANABRIA, I.P.S.A N° 58.596, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, mediante la cual consignan copia del cheque entregado a la parte actora, en tal sentido y por cuanto no han sido vulnerados los derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, este Tribunal HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN EN LOS TÉRMINOS EXPUESTOS, dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el Artículo 30 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el Artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Asimismo se ordena el cierre y archivo del presente expediente. Cúmplase