Con base a las consideraciones anteriormente expresadas, y al no tratarse de una Demanda laboral, Solicitud de Calificación de Despido, Diferencias de Prestaciones sociales, entre otros, procedimientos de los cuales deben ser admitidos y sustanciados conforme a derecho, susceptibles de transacciones laborales presentadas por las partes, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, deja expresa constancia que el ciudadano HECTOR LUIS OLONDRO MARIÑO, titular de la cédula de identidad No. V.- 6.885.189, denominada parte OFERIDA, asistido por la abogada MARYOURI CASTILLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 95.615, y la abogada VALENTINA VILLALBA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 153.612, en su condición de apoderada judicial de la parte denominada OFERENTE, sociedad mercantil, SOCIEDAD MERCANTIL, SERENOS INDUSTRIALES Y COMERCIALES SERINCO, C......