Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando como Tribunal de Alzada, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 08 de diciembre de 2014 (F.261, pieza 1), por el abogado Emilio Martínez Lozada, con el carácter ya indicado, contra los particulares "SEGUNDO" y "TERCERO" de la DISPOSITIVA de la sentencia dictada en fecha 28 de noviembre de 2014, por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, SE CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la referida decisión (28/11/2014), la cual quedó parcialmente transcrita en el Capitulo II del fallo que aquí se dicta, y que cursa a los folios que van desde.....