Con fundamento en las consideraciones de hecho y derecho señaladas, este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el juicio que por acción de DAÑOS y PERJUICIOS, intentara la sociedad mercantil CENTRO HÍPICO THE POWER, C.A., en contra de la ciudadana ROSA LINA CABARCAS BORREGO, todos suficientemente identificadas al inicio de este fallo decide así:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda que por acción de DAÑOS y PERJUICIOS, intentara la sociedad mercantil CENTRO HÍPICO THE POWER, C.A., en contra de la ciudadana ROSA LINA CABARCAS BORREGO.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada, ciudadana ROSA LINA CABARCAS BORREGO, a pagarle a la parte actora las siguientes cantidades de dinero:
1) Cuarenta y Cinco Mil Trescientos Sesenta y Nueve Bolívares sin Céntimos (Bs. 45.369,oo.....