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Decisiones del dia 17/11/2014 |
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N° Expediente :
12-0406
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N° Sentencia :
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Fecha: 17/11/2014 |
Procedimiento: Resolucion De Contrato |
Partes: PROMOTORA 204 C. A. VS DISTRIBUIDORA IVAMAL C. A. |
Resumen:
III
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena:
PRIMERO: La REPOSICION de la causa al estado de que se lleve a cabo la contestación a la demandada, todo ello de conformidad con lo establecido en el articulo 206 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el articulo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
SEGUNDO: Quedan nulas todas las actuaciones a partir de la contestación a la demanda del defensor judicial.
TERCERO: Se ordena remitir el presente expediente al Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines que notifique a.....
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Juez/Ponente:
Celsa Diaz Villarroel
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Organo:
Juzgado de Municipio Segundo Ejecutor de Medidas
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N° Expediente :
AP21-L-2014-002761
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N° Sentencia :
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Fecha: 17/11/2014 |
Procedimiento: Admisión De Hecho |
Partes: HILARIO RAMON HERNANDEZ REYEZ /EN ALTURAS ,C.A |
Resumen:
DECISIÓN
Por todo lo anterior, resulta procedente el pago de la prestación de antigüedad, cuyos intereses serán determinados por un experto tomando en consideración la duración del vínculo y los términos establecidos en el articulo 143, paragarfo quinto de la LOTTT. El perito hará los cálculos capitalizando los intereses.-De conformidad con lo previsto en el Art. 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el criterio reiterado de la scs/tsj, se ordena el pago de los intereses de mora sobre la cantidad total a pagar, causados desde el sexto día [literal f) del art. 142 lottt] siguiente a la fecha en la cual terminara la relación de trabajo (30-11-2014), para las prestaciones sociales y desde la notificación de la demandada (22/10/2014) para los otros conceptos laborales acordados, los cuales se determinarán mediante experticia complementaria del fallo a realizar por un perito contable designado por el juez de la ejecución, considerando para ello las t.....
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Juez/Ponente:
Beatriz Pinto
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Organo:
Juzgado Vigésimo Segundo De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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