DISPOSITIVO
Por las razones y consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida el día treinta (30) de septiembre de dos mil quince (2015), por el abogado ALBERTO JOSÉ FREITES DEFFIT, contra la sentencia dictada en fecha veinticinco (25) de septiembre de dos mil quince (2015), por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Queda CONFIRMADO el fallo apelado en toda y cada una de sus partes.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda que por INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES, intentara el abogado ALBERTO JOSÉ FREITES DEFFIT, contra el ciudadano JOSÉ ORTEGA TAÍN; y, la sociedad mercantil TAOR LLC.
Déjese copia certificada de .....