DE LA DECISION
En el mérito de las anteriores consideraciones, esta Juez Unipersonal Nº 11 de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente demanda de FIJACIÓN DE OBLIGACIÒN DE MANUTENCIÓN incoada por la ciudadana NUBIA ELENA MONTILLA CHACON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 5.602.333, en beneficio de sus hijos, los adolescentes (...), de dieciséis (16) y diecisiete (17) años de edad, respectivamente, debidamente asistida por la abogada MARIA PEÑA, en su carácter Defensora Pública Sexta (6°) para la Sección de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas, contra el ciudadano GUILLERMO RAMON GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.008.166.