este Tribunal Vigésimo Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos existente entre los ciudadanos JOHNNY MAXWELL PUERTA VERA y ZORINA LISBETH RANGEL TORRES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros: V-17.381.173 y V-12.507.642, respectivamente, y consecuencialmente disuelto el vínculo matrimonial contraído por ellos ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Maiquetía del Municipio Vargas del Estado Vargas, en fecha Veintidós (22) de Abril del Año Dos Mil Diez (2010), según se evidencia de copia certificada del Acta de Matrimonio Nº 1-056, de los Libros de Registro Civil de Matrimonios.-
Por cuanto los cónyuges manifestaron que no adquirieron bienes durante su unión conyugal, por lo tanto no tiene.....