este Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y para el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, de conformidad con en el artículo 270 del Código Civil Venezolano, acuerda DISCERNIR en la persona de la ciudadana GISELA GERMANIA RAMÍREZ DE LUGO, anteriormente identificada, el cargo de CURADOR ESPECIAL de (se omite sus datos de identificación de conformidad con el artículo 65 lopnna), con todas las consecuencias jurídicas que de ello se deriven