este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Sala de Juicio, Juez Unipersonal VII, garante del debido proceso, el derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva a que estamos obligados por nuestra Constitución Nacional en los artículos 26 y 49, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, ACUERDA REPONER LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, al estado del pronunciamiento de las pruebas promovidas oportunamente por los ciudadanos LEOMAGNO FLORES ALVARADO, en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana OLGA GONZALEZ, parte actora, y JESUS ANTONIO VILLANUEVA CRUZ, parte demandada, debidamente asistido por el abogado NELSON ANTONIO MONCADA GOMEZ. Y así se decide.
Dado, Firmado y Sellado en la Sala de Audiencias del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área .....