este Juzgado Segundo de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, HOMOLOGADA la transacción celebrada por las partes en fecha 22 de Junio de 2010, por ante la Notaria Publica en los términos señalados por aquellos, por cuanto la misma se refiere sobre la controversia planteada en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES, el cual fue interpuesto por BANCO NOROCO C.A., contra MANUEL GOMES, FERNANDO PRIETO, LUIS SANCHEZ Y REINALDO SIMOES, signado con el expediente No. AH12-M-2000-000029, de la nomenclatura particular de este Despacho, y por no ser contraria a derecho o alguna disposición expresa de la Ley y versa sobre derechos disponibles por las partes. Asimismo se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme lo establece el Artículo 255 del Código de Procedimiento Civil