Con fundamento en las precedentes consideraciones, este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de DESALOJO, interpuesta por el ciudadano GUSTAVO ANGULO, contra la sociedad mercantil PUBLICIDAD VEPACO, C.A. En consecuencia, se condena a la demandada a lo siguiente:
PRIMERO: Desalojar y entregar a la parte actora, en buen estado de aseo, uso, mantenimiento y conservación, el siguiente bien inmueble: Espacio de azotea, que forma parte de uno de mayor extensión, del edificio OROMAR, situado entre la avenida Río de Janeiro y calle Madrid, Urbanización Las Mercedes, Municipio Baruta del Estado Miranda, lo cual implica el retiro de la valla o unidad de publicidad exterior de medidas 15,00 X 6,10 metros, identificada “5022-H”, el retiro de las fundaciones, estructuras,.....