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Decisiones del dia 28/09/2012

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Decimo Octavo de Municipio
Paginas 1 2 Sig [Total de sentencias: 13] Página 1 de 2
N° Expediente : AP31-M-2010-000467 N° Sentencia : Fecha: 28/09/2012
Procedimiento:
Cobro De Bolívares
Partes:
DEMANDANTE: BANCO NACIONAL DE CRÉDITO, C.A., BANCO UNIVERSAL, INSCRITA EN EL REGISTRO MERCANTIL QUINTO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL DISTRITO CAPITAL Y ESTADO MIRANDA, EN FECHA 26/11/2002, BAJO EL NO. 35, TOMO 725-A-QTO, Y CUYA TRANSFORMACIÓN EN BANCO UNIVERSAL QUEDÓ INSCRITA EL 02/12/2004, BAJO EL Nº 65, TOMO 1009-A, ENTIDAD BANCARIA QUE ADSORBIÓ POR FUSIÓN AL STANFORD BANK, S.A, BANCO COMERCIAL, INSCRITO EN EL REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL DISTRITO FEDERAL
Resumen:
En este orden de ideas, en fecha 22 de Febrero de 2011, el Tribunal negó la homologación del desistimiento, toda vez, que la autorización otorgada al Abogado LUIS FRANCISCO GARCIA, IPSA Nº 67.985, no estaba notariada, a partir de esa fecha, se evidencia con meridiana claridad la falta de interés sustancial por parte del interesado en querer materializar la presente demanda, lo cual representa una evidente inercia de más de un año, resultando obvio el transcurso del tiempo mayor que el requerido para la PERENCIÓN de nuestro ordenamiento jurídico. Esta inactividad procesal imputable a la parte actora se encuentra sancionada en nuestro ordenamiento jurídico, con la figura de la Perención de la Instancia cuyo efecto se circunscribe y da por extinguida la causa, no pudiendo promoverse nuevamente sino transcurrido como sean noventa (90) días de verificada la misma. Con fundamento a las anteriores consideraciones este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Boliv.....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
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N° Expediente : AP31-M-2010-000048. N° Sentencia : Fecha: 28/09/2012
Procedimiento:
Cobro De Bolívares
Partes:
DEMANDANTE: C.A, CENTRAL BANCO UNIVERSAL, SOCIEDAD MERCANTIL, DOMICILIADA EN BARQUISIMETO, ESTADO LARA, INSCRITA POR ANTE EL REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, EN FECHA 29 DE OCTUBRE DE 2001, BAJO EL Nº 01, TOMO 46-A, ENTE RESULTANTE DE LA FUSIÓN POR ABSORCIÓN AUTORIZADA POR LA SUPERINTENDECIA DE BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS, SEGÚN RESOLUCIÓN Nº 212.01 DE FECHA 11-10-2001, DEBIDAMENTE PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA
Resumen:
En este orden de ideas, en fecha 05 de Octubre de 2010, el Apoderado actor Dr. FRACISCO GIL HERRERA, IPSA Nº 97.215, solicito el desglose de las compulsas consignadas por el Alguacil adscrito a la Unidad de Alguacilazgo, a los fines de gestionar la citación de la parte demandada, lo cual fue acordado en fecha 07 de Octubre de 2010, a partir de esa fecha, se evidencia con meridiana claridad la falta de interés sustancial por parte del interesado en querer materializar la presente demanda, lo cual representa una evidente inercia de más de un año, resultando obvio el transcurso del tiempo mayor que el requerido para la PERENCIÓN de nuestro ordenamiento jurídico. Esta inactividad procesal imputable a la parte actora se encuentra sancionada en nuestro ordenamiento jurídico, con la figura de la Perención de la Instancia cuyo efecto se circunscribe y da por extinguida la causa, no pudiendo promoverse nuevamente sino transcurrido como sean noventa (90) días de verificada la misma. Con f.....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
arriba

N° Expediente : AP31-V-2009-002788 N° Sentencia : Fecha: 28/09/2012
Procedimiento:
Cobro De Bolivares
Partes:
DEMANDANTE: TALLER MECANICO, LATONERIA Y PINTURA DARIEN, INSCRITA EN EL REGISTRO V DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL DISTRITO FEDERAL (HOY CAPITAL) Y ESTADO MIRANDA, BAJO EL Nº 86, TOMO 422-QTO, EL DÍA 01/06/2000; REPRESENTADA JUDICIALMENTE POR LOS ABOGADOS DAYSI GARCIA RAMOS Y VICTOR JOSE GARCIA RAMOS, INSCRITOS EN EL INPREABOGADO BAJO LOS NROS. 26.763 Y 71.039, RESPECTIVAMENTE.
Resumen:
Esta inactividad procesal imputable a la parte actora se encuentra sancionada en nuestro ordenamiento jurídico, con la figura de la Perención de la Instancia cuyo efecto se circunscribe y da por extinguida la causa, no pudiendo promoverse nuevamente sino transcurrido como sean noventa (90) días de verificada la misma. Con fundamento a las anteriores consideraciones este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo dispuesto en el primer aparte del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 269 Ejusdem, produciéndose en consecuencia, los efectos indicados en el artículo 271 ibidem. Dada la naturaleza del presente fallo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no hay especial condenatoria en costas. REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE, y déjese copia certificada de esta decisión en el a.....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
arriba

N° Expediente : AP31-M-2009-000614 N° Sentencia : Fecha: 28/09/2012
Procedimiento:
Cobro De Bolívares
Partes:
DEMANDANTE: LA SOCIEDAD MERCANTIL BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A., INSCRITA EN EL REGISTRO MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EL DÍA 13/06/1977, BAJO EL NO. 1, TOMO 16-A, CUYA TRANSFORMACIÓN EN BANCO UNIVERSAL CONSTAN DE DOCUMENTO INSCRITO EN LA CITADA OFICINA DE REGISTRO EN FECHA 04/09/1997, BAJO EL NO. 63, TOMO 70-A, Y CUYO CAMBIO DE DOMICILIO QUEDO INSCRITO POR ANTE EL REGISTRO MERCANTIL QUINTO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL DISTRITO FEDERAL Y ESTADO MIRANDA, EN FEC
Resumen:
En este orden de ideas, en fecha 10 de Marzo de 2011, el Apoderado actor JORGE GALLEGOS DACAL, IPSA Nº 98.527, solicito se ordenara la citación por carteles de la parte demandada y en fecha 15 de Marzo de 2011, se negó dicha solicitud, toda vez, que el Tribunal considero, que no se había agotado la citación personal de la parte demandada, y se ordeno insistir en la misma, a partir de esa fecha, se evidencia con meridiana claridad la falta de interés sustancial por parte del interesado en querer materializar la presente demanda, lo cual representa una evidente inercia de más de un año, resultando obvio el transcurso del tiempo mayor que el requerido para la PERENCIÓN de nuestro ordenamiento jurídico. Esta inactividad procesal imputable a la parte actora se encuentra sancionada en nuestro ordenamiento jurídico, con la figura de la Perención de la Instancia cuyo efecto se circunscribe y da por extinguida la causa, no pudiendo promoverse nuevamente sino transcurrido como sean nov.....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
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N° Expediente : AP31-M-2010-000126 N° Sentencia : Fecha: 28/09/2012
Procedimiento:
Cobro De Bolívares (Intimación)
Partes:
DEMANDANTE: CARLOS ALBERTO ZAMBRANO ORTEGA, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD Y TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 5.973.157, REPRESENTADO JUDICIALMENTE POR EL ABOGADO LUIS ALBERTO LUGO SANCHEZ, IPSA Nº 61.317.
Resumen:
Esta inactividad procesal imputable a la parte actora se encuentra sancionada en nuestro ordenamiento jurídico, con la figura de la Perención de la Instancia cuyo efecto se circunscribe y da por extinguida la causa, no pudiendo promoverse nuevamente sino transcurrido como sean noventa (90) días de verificada la misma. Con fundamento a las anteriores consideraciones este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo dispuesto en el primer aparte del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 269 Ejusdem, produciéndose en consecuencia, los efectos indicados en el artículo 271 ibidem. Dada la naturaleza del presente fallo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no hay especial condenatoria en costas. REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE, y déjese copia certificada de esta decisión en el archi.....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
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N° Expediente : AP31-M-2010-000790 N° Sentencia : Fecha: 28/09/2012
Procedimiento:
Cobro De Bolívares
Partes:
DEMANDANTE: BANESCO, BANCO UNIVERSAL, C.A., SOCIEDAD MERCANTIL DOMICILIADA EN CARACAS, ORIGINALMENTE INSCRITA EN EL REGISTRO MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EL DÍA 13 DE JUNIO DE 1977, BAJO EL NRO. 01, TOMO 16-A, CUYA TRANSFORMACIÓN EN BANCO UNIVERSAL CONSTA DE DOCUMENTO INSCRITO EN LA CITADA OFICINA DE REGISTRO EN FECHA 04/09/1997, BAJO EL NRO. 63, TOMO 70-A, Y CUYO CAMBIO DE DOMICILIO QUEDÓ INSCRITO POR ANTE EL REGISTRO MERCANTIL QUINTO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDI
Resumen:
De acuerdo con los ordinales del artículo en comento, se dan tres modalidades: (1) La perención genérica, ordinaria por mera inactividad o inactividad genérica que es aquella por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto en el procedimiento por las partes; (2) La perención por inactividad citatoria, se produce por incumplimiento del actor de sus obligaciones para que sea practicada la citación del demandado; y por último (3) La perención por reasunción de la litis, que es aquella que se realiza cuando los interesados no hubieren gestionado la continuación de la causa ni dado cumplimiento de las obligaciones que le impone la ley para proseguirla. Así de las cosas, desde el 11 de Enero de 2011, fecha en la cual la actora diligencia y solicito que se practican las diligencia necesarias para la citación de la parte demandada, a partir de esa fecha, se evidencia con meridiana claridad, la falta de intereses sustancial por parte del interesado en querer materializar la pr.....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
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N° Expediente : AP31-M-2008-000429 N° Sentencia : Fecha: 28/09/2012
Procedimiento:
Cumplimiento De Contrato
Partes:
DEMANDANTE: BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A, SOCIEDAD MERCANTIL DOMICILIADA EN CARACAS, INSCRITA EN EL REGISTRO MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA EL DÍA 13/06/1977, BAJO EL Nº 1, TOMO 16-A, CUYA TRANSFORMACIÓN EN BANCO UNIVERSAL CONSTA DE DOCUMENTO INSCRITO EN LA CITADA OFICINA DE REGISTRO EN FECHA 04/09/1997, BAJO EL Nº 63, TOMO 70-A, EL CUAL FORMA PARTE DEL EXPEDIENTE DE LA COMPAÑÍA QUE SE ACOMPAÑÓ A LA PARTICIPACIÓN QUE POR CAMBIO DE DOMICILIO SE PRESENTÓ ANTE EL REGIST
Resumen:
En este orden de ideas, en fecha 15/03/2011, este Tribunal dictó auto mediante el cual instó a la parte actora a insistir en la citación personal de la parte demandada, en virtud de que aún no estaba agotada suficientemente la vía de la citación personal, negándose librar el cartel de citación requerido. En consecuencia, en vista de que no consta en autos de que la representación de la parte actora haya gestionado desde esa fecha la citación de la parte demandada; se evidencia con meridiana claridad la falta de interés sustancial por parte del interesado en querer materializar la presente demanda, lo cual representa una evidente inercia de más de un año, resultando obvio el transcurso del tiempo mayor que el requerido para la PERENCIÓN de nuestro ordenamiento jurídico. Esta inactividad procesal imputable a la parte actora se encuentra sancionada en nuestro ordenamiento jurídico, con la figura de la Perención de la Instancia cuyo efecto se circunscribe y da por extinguida la causa,.....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
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N° Expediente : AP31-V-2010-004224. N° Sentencia : Fecha: 28/09/2012
Procedimiento:
Cobro De Bolivares
Partes:
DEMANDANTE: OMAR KARIN MOURAD MOURAD, MAYOR DE EDAD TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº V-9.965.745., REPRESENTADO JUDICIALMENTE POR EL ABOGADO TAREK KHATIB SANCHEZ, INSCRITO EN EL INPREABOGADO BAJO EL Nº. 15.886.
Resumen:
En este orden de ideas, en fecha 24 de Marzo de 2011, el Alguacil adscrito as la Unidad de Alguacilazgo, consigno la compulsa, por no haber podido practicar la citación de la parte demandada, a partir de esa fecha, se evidencia con meridiana claridad la falta de interés sustancial por parte del interesado en querer materializar la presente demanda, lo cual representa una evidente inercia de más de un año, resultando obvio el transcurso del tiempo mayor que el requerido para la PERENCIÓN de nuestro ordenamiento jurídico. Esta inactividad procesal imputable a la parte actora se encuentra sancionada en nuestro ordenamiento jurídico, con la figura de la Perención de la Instancia cuyo efecto se circunscribe y da por extinguida la causa, no pudiendo promoverse nuevamente sino transcurrido como sean noventa (90) días de verificada la misma. Con fundamento a las anteriores consideraciones este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autori.....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
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N° Expediente : AP31-F-2009-003934 N° Sentencia : Fecha: 28/09/2012
Procedimiento:
Insercion De Partida De Nacimiento
Partes:
SOLICITANTE: ANA YANILDA, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº V-10.118.188, DEBIDAMENTE ASISTIDA POR LA ABOGADA WILSBECK KARINA GARCIA DIAZ, I.P.S.A 134.795.
Resumen:
En el caso sub iudice, el Tribunal observa que desde el día 01/12/2.009, fecha en la cual se admitio la presente solicitud, no han realizado ningún acto procesal, a los fines de la consecución del proceso; lo cual representa una evidente inercia de mas de un (01) año, resultando obvio el transcurso del tiempo mayor que el requerido para la PERENCIÓN de nuestro ordenamiento jurídico. Esta inactividad procesal imputable a la parte actora se encuentra sancionada en nuestro ordenamiento jurídico, con la figura de la Perención de la Instancia cuyo efecto se circunscribe y da por extinguida la causa, no pudiendo promoverse nuevamente sino transcurrido como sean noventa (90) días de verificada la misma. Con fundamento a las anteriores consideraciones este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo dispuesto en el primer aparte del artículo 267 del Códi.....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
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N° Expediente : AP31-V-2012-000375. N° Sentencia : Fecha: 28/09/2012
Procedimiento:
Daños Y Perjuicios
Partes:
DEMANDANTE: EL CIUDADANO MIGUEL JOSE GOMEZ CALZADILLA, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD Y TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NO. 954.517, DEBIDAMENTE ASISTIDO POR LA ABOGADA EN EJERCICIO ZOYVER COROMOTO BARRIOS ARCINIEGAS, INSCRITA EN EL IPSA NO. 162.315.
Resumen:
Ahora bien, este Tribunal se allana y asume el referido criterio casacionista, el cual es aplicable a partir de la publicación de la ut supra, transcrita sentencia, y aplicándolo al caso de marras se evidencia, que la parte actora no cumplió con su obligación legal, a los fines de materializar la citación personal de la parte demandada, dentro de los treinta (30) días que dispone la Ley, luego de la admisión de la demanda, esto es, 13/03/2012, como lo es, entre otras, proporcionar los medios o recursos necesarios al Alguacil que ha de practicar la respectiva citación, configurándose así los extremos de ley para la PERENCIÓN BREVE DE LA INSTANCIA, y así declara. Con fundamento a las anteriores consideraciones este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA PERENCIÓN BREVE DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo dispuesto en el numeral primero del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concord.....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
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