VI
DECISIÓN
En mérito de lo anterior, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACEPTA LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA que le hiciera el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas para conocer la Demanda por Cumplimiento de Contrato interpuesta por los abogados Jesús Centeno, Danelys Suárez, Eduardo Cordero, Helen Hernández, Dayana Altuve y Mireya Mier y Terán, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 27.312, 70.950, 81.547, 118.984, 127.894 y 117.114, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados de la empresa Red de Transmisiones de Venezuela (RedTV) C.A., sociedad mercantil creada mediante Decreto Presidencial Nº 3.898 de fecha 12 de Septiembre de 2005, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.271 de fecha 13 de .....