este Juez del Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD sobre la bienhechurias constituidas por una casa s/n, planta baja, local comercial s/n, la cual se encuentra ubicada en el Barrio José Félix Ribas, Zona2, Calle El Colegio, código catastral N° 15-19-01-U01-010-117-008-001, Parroquia Petare, Jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Miranda.