Por lo tanto, habiéndose demostrado en autos que en la referida acta de Registro
Civil se evidencia que al momento que asentaron el nombre y apellido de su padre
omitieron el segundo apellido colocando como "OSWALDO ALBERTO KUPER", siendo
lo correcto "OSWALDO ALBERTO KUPER SAUNE", de igual manera al momento de
identificar a su madre le colocaron "ELENA MERCEDES D`ALESANDRE DE KUPER,
siendo lo correcto "ELENA MERCEDES D`ALESSANDRO DE KUPER", es por lo que
este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela
y por Autoridad de la Ley, se declara CON LUGAR, la presente solicitud y en
consecuencia de ello se acuerda RECTIFICAR en los términos contenidos en el presente
fallo, la acta de nacimiento de la ciudadana EVELIN ROSA KUPER DE ADJIMAN,
emanada por ante El Registro Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito
Capital, inserta bajo el No. 1345, folio 174, de fechas 12 de julio de 1954, y así se decide.
En consecuencia, se .....