Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Quinto (5°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR LA RECUSACIÓN ejercida por el abogado Freddy Álvarez Bernee, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 10.040, contra el Abogado José Ignacio Llovera Lárez, Juez Provisorio del Juzgado Noveno (9°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; SEGUNDO: SE IMPONE al abogado recusante, ciudadano Freddy Alberto Álvarez Bernee, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, , inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 10.040, una multa de DIEZ UNIDADES TRIBUTARIAS (10 U.T.), la que deberá pagar dentro del lapso TRES (3) días hábiles siguientes contados a la publicación del fallo in extenso, mediante la expe.....