Este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PROCEDENTE EN DERECHO la Transacción Judicial presentada por los ciudadanos ISIDRO RAFAEL MENDOZA PÉREZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nro. V- 9.550.143, domiciliado en Barquisimeto Estado Lara, actuando en mi condición de coheredero del causante Isidro Mendoza Rivero, representado en este acto por los abogados SILENY ALEJANDRA BRITO MELÉNDEZ y ZALG SALVADOR ABI HASSAN venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nro. V- 14.030.046 y Nro. V- 7.305.001, inscritos en el I.P.S.A bajo el Nro. 102.227 y Nro. 20.585 respectivamente, de conformidad con poderes otorgados: Notaria Pública Segunda de Barquisimeto Estado Lara, en fecha 24 de noviembre de 2015, bajo el Nro. 56, Tomo 240, de lo.....