Revisadas como han sido las actas y evacuadas como han sido las testimóniales, contentivas a la solicitud de DECLARACIÒN DE ÙNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana CARMEN ELENA PINO DE GONZALEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-3.404.858, actuando en su propio nombre y en representación de los ciudadanos: GLORIA MARGARITA GONZALEZ RUGELES, LUISA AMELIA GONZALEZ RUGELES, ROSELENA GONZALEZ DE COLINA, ALFREDO JOSE GONZALEZ RUGELES y GLEISY MARIA GONZALEZ RUGELES, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.359.624, V-6.350.950, V-9.971.160, V-4.678.232 y V-6.855.712; respectivamente, así como los ciudadanos JOSE ALFONZO GONZALEZ RUGELES, ALFREDO JOSE GONZALEZ PINO, MARYDENA DEL VALLE COROMOTO GONZALEZ PINO y ANTONIO JOSE GONZALEZ PINO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.350.948, V-9.489.327, V-9.486.439, V-11.231.158 y V-12.626.030, respectivamente; asisti.....