Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la Conversión en DIVORCIO de la Separación de Cuerpos y Bienes, existentes entre los ciudadanos ARINSAID LILIANA PÉREZ RIVAS y WILVER JOSÉ AQUINO BUCARITO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cedulas de identidad N° V.- 16.331.742 y V.- 11.925.841, respectivamente, y disuelto el vínculo matrimonial contraídos por ellos por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Zamora del Estado Miranda, según consta de acta de matrimonio emanada de ese órgano signada bajo el N° 245, Folio 245, de fecha 26 de noviembre de 2004, inserta en el libro de Registro Civil de Matrimonios del año 2004.-
Regístrese y Publíquese.
Liquídese la Comunidad Conyugal.-
Dada, firmada y sellada en la sala del Despacho del Tribunal Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circuns.....