Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley declara la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y Bienes existente entre los ciudadanos TABATA ARANGUREN PORTILLO y YOYCIN JOSE BLANCO RUIZ, Venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V-13.066.920 y V-11.165.352 respectivamente y consecuencialmente disuelto el vinculo matrimonial contraído por ellos en fecha 04/04/2.003, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Pedro, Municipio Libertador del Distrito Capital, según acta signada con el Nro. 21. Liquídese comunidad conyugal y librense los oficios a las autoridades correspondientes.-
Regístrese, Publíquese y Notifíquese.
Dado, firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropoli.....